De acuerdo a GIRE Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE); organización feminista, cuya misión es lograr una transformación cultural en México a través de la exigencia de justicia reproductiva.
La gestación subrogada es un contrato a través del cual una mujer acepta gestar para una persona o pareja que tiene la intención de fungir como padre(s) o madre(s) de la niña o niño nacidos de dicho embarazo. La práctica es conocida también con otros términos, como “renta de úteros”, “gestación por contrato” y “maternidad subrogada”.
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— GIRE (@GIRE_mx) February 2, 2021
La maternidad subrogada es un método que, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), implica que una mujer lleve adelante un embarazo acordando previamente que ella entregará al bebé a la o las personas que pagan.
Conocidas popularmente como agencias de vientre de alquiler son profesionales como: ginecólogos, clínicas de fertilidad, psicólogos, abogados, entre otros.
Como agencia ofrecemos asesoría en todo momento, desde el principio cuando tienen el sueño de ser padres, hasta lograr tener el/la bebé en casa. El principal objetivo es el bienestar tanto de la gestante como de los futuros padres y también del recién nacido. Toda la información que se proporcione se adapta a las necesidades de cada persona o pareja.
La “maternidad subrogada en México” es un procedimiento médico que en México no está totalmente regularizado, sin embargo el Cámara de Senadores de la República Mexicana, presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Salud, Código Penal Federal y Código Civil Federal, en materia de gestación subrogada.
Exposición de motivos
El derecho humano a fundar y establecer una familia se encuentra consagrado en el artículo 16, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, mismo que establece: “Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio”.
Asimismo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su artículo 17 denominado “Protección a la Familia” numeral 2, se reconoce el derecho de las mujeres y hombres a fundar una familia. Sigue leyendo la iniciativa aquí.
Debido a que en México no se encuentra totalmente regularizado el procedimiento, dentro de nuestro proceso de gestación subrogada, se selecciona y se presenta a la mujer gestante, se inicia el protocolo médico y psicológico para la misma. Se crea un fideicomiso en donde se depositará la compensación total de la gestante, misma que se pagará mensualmente a partir del latido de corazón del bebé. Se cubren gastos médicos derivados del embarazo, parto y postparto; además para mayor seguridad a la mujer gestante, se contrata un seguro de gastos médicos mayores.
Finalmente se firma un convenio legal entre padres de intención y mujer gestante.
En función de cómo se consiga el embarazo de la gestante, distinguimos entre dos tipos de gestación por sustitución:
1 Gestación subrogada tradicional o parcial: la gestante es, además, la mujer que aporta la carga genética. Generalmente se refiere a la gestación subrogada realizada a través de una inseminación artificial con semen del futuro padre aunque también podría tratarse de una FIV con óvulos de la gestante.
2 Gestación subrogada gestacional o completa: la gestante no cede sus óvulos para la creación del embrión que va a gestar, sino que la dotación genética proviene de la futura madre o en algunos casos de una donante de óvulos.
4 Comments
Hola tengo una pregunta si una mujer que ya se haya desconectado con el metodo pomeroy.
Sera posible que pueda volver a tener un bebe…
Hola Patricia
Claro contamos con el servicio adecuado para ti.
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